Se amplió estado de emergencia en nuestro país.

Se amplió estado de emergencia en nuestro país.

La Municipalidad Provincial de Huaral pone de conocimiento a la población que mediante el Decreto Supremo N° 010-2022-PCM, el Gobierno Central amplió el estado de emergencia nacional por el plazo de 28 días calendario, a partir del 1 de febrero de 2022, debido a las circunstancias que enfrenta el país por la COVID-19.

En tal sentido se debe tener en cuenta lo siguiente:

– Se restringe, según la modificatoria del Artículo 9, en el presente Decreto: Reuniones y concentraciones de personas. De igual manera, se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública. Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19. Se exceptúa de lo dispuesto en el presente artículo, las ceremonias de carácter castrense y policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento físico o corporal respectivas.”

La provincia de Huaral está en el Nivel de Alerta Alto, hasta el 13 de febrero de 2022, las siguientes actividades económicas; así como, los templos y lugares de culto, tendrán el siguiente aforo (en todos los casos con protocolos y previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):

Nivel de alerta alto:
• Actividades en espacios cerrados: Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 60%. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%. Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%. Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%. Casinos y tragamonedas: 40%. Cines y artes escénicas: 60%. Bancos y otras entidades financieras: 60%. Templos y lugares de culto: 60%. Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%. Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%. Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%. Eventos empresariales y profesionales: 60%. Peluquería y Barberia: 60%. Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%. Coliseos: 60%. Gimnasios: 60%.

• Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias): Artes escénicas, enseñanza cultural, restaurantes y afines en zonas al aire libre, áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos, baños termales al aire libre, actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, eventos empresariales y profesionales al aire libre, mercados itinerantes, estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 50%.

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