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Huaral seguirá en cuarentena focalizada

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Solo Huaral, dentro de la región Lima, continuará en cuarentena focalizada.

Así lo determinó el poder ejecutivo mediante el Decreto Supremo Nº 151-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial EL PERUANO, el día de hoy jueves 17 de setiembre.

Este Decreto modifica al decreto anterior Nº116-2020-PCM donde establecía la cuarentena focalizada en diversos Departamentos de nuestro País, incluyendo a Huaral dentro de varias provincias en el departamento de Lima.

Pero hoy, mediante este decreto, dicha medida a sido modificada y reducida en el número de departamentos.

En el caso del Departamento de Lima. solo la provincia de Huaral, continuaré con cuarentena focalizada con la inmovilizaciòn social desde las 8 de la noche hasta las 4 de la mañana. Cabe resaltar que los días domingos la inmovilización social continuará todo el día.

La restricción de reuniones continua, incluso las que se realice en los domicilios, las visitas familiares continúan prohibidas.

Es necesario precisar que la vigencia de este decreto es a partir del 20 de setiembre.

Los departamentos y provincia donde continua la cuarentena focalizada, son los que se mencionan en el siguiente cuadro:

huaral cuarentena focalizada

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Durantela inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención
de acuerdo a la norma de la materia.

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social
obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su
credencial periodística respectiva y su Documento Nacional
de Identidad para fines de identificación. La autorización
también es extensiva para las unidades móviles que los
transporten para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria.

PUBLICACIÓN DE LA NORMA LEGAL

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