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Informe sobre las calles declaradas como zonas rígidas y se prohíbe el comercio informal y ambulatorio.

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Municipalidad informa sobre las calles que están declaradas como zonas rígidas y se prohíbe el comercio informal y ambulatorio.

Mediante la ORDENANZA N° 006-2004-MPH se declaró ZONA RÍGIDA EL ÁREA ESTABLECIDA COMO CENTRO HISTÓRICO DEL DISTRITO DE HUARAL el cual comprende el perímetro que encierra las calles y avenidas siguientes Circunvalación Sur, Circunvalación Este, Camal Viejo, Av. Los Naturales, Circunvalación Norte, Av. de los Héroes, Av. Andrés Mármol, y Av. Estación; asimismo prohíbase en las mismas condiciones el comercio ambulatorio bajo pena de decomiso.
Que, la Ordenanza Municipal N° 008-2009-MPH, amplía las zonas rígidas para el comercio ambulatorio, las 24 horas del día, a los siguientes tramos, pasajes, calles y avenidas de la ciudad de Huaral.
Por el Norte:
? Av. Mariscal Cáceres desde la intersección del Psje. San Juan y la Alameda los Héroes hasta la intersección con la Av. Benjamín Doig Lossio y Calle Los Geranios.
? Calle Los Geranios en toda su extensión hasta empalmar con la Av. Andrés Mármol Castellanos.
Por el Oeste:
? Av. Chancay cuadras 1,2,3 y 4 hasta la intersección con la Av. Argentina.
? Todo perímetro de la Plaza Centenario
Por el Sur:
? Prolongación de la Av. Estación (salida sur a Lima) hasta la intersección del ingreso a la Urb. El Amauta.
? Tramo comprendido de la intersección del ingreso a la Urb. El Amauta con la Prolongación Estación (salida sur a Lima) y Camino Viejo a Jesús del Valle, doblando hacia la izquierda hasta la esquina Sur Oeste del Mercado Modelo.
? Tramo comprendido desde la esquina Sur Oeste del Mercado Modelo hasta la esquina Sur Este del mismo Mercado interceptando con Prolongación Morales Bermúdez.
? Prolongación Morales Bermúdez en el tramo comprendido desde la Avenida Circunvalación Sur hasta la esquina Sur Este del Mercado Modelo.
Por el Este:
? Tramos sin nombre comprendido desde la Av. Circunvalación Este hasta la Av. Alameda Huando.
? Tramo comprendido desde la intersección de la Calle Camal Viejo con Calle Derecha hasta la intersección de la Av. Huando con el ingreso al Mercado García Alonso por el lado Nor–Este.
Por tal motivo, todo ciudadano que ejerza el comercio ambulatorio de manera informal estará infringiendo lo dispuesto en la presente ordenanza por lo que se hará acreedor a las acciones y sanciones legales vigentes, según se establece en la Ordenanza Municipal Nº 023-2017-MPH, que prohíbe y sanciona el comercio informal y ambulatorio.
VECINO HUARALINO AYUDA A MANTENER EL ORDEN, LA LIMPIEZA Y ASI LOGRAREMOS MEJORAR EL ORNATO DE NUESTRA CIUDAD.

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